Resumen: GESTION MUNICIPAL DE NETEJA, SL. Tutela de derechos fundamentales. Extinción del contrato por voluntad del trabajador.
Resumen: Desestima el recurso y confirma la sentencia que declara haber lugar a la resolución del contrato y la expiración del plazo contractual. En primer lugar, recuerda que en los procesos que llevan aparejado lanzamiento, incluso los de desahucio por expiración del plazo contractual, la admisibilidad del recurso de apelación exige el cumplimiento del presupuesto que establece el citado artículo 449.1 LEC, conforme al que no se admitirá al demandado el recursos de apelación, si, al interponerlo, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas, sin que sea óbice para ello que los demandados tengan reconocido el derecho de justicia gratuita, pues la exención de pago se refiere a los depósitos y no a las rentas que se generen por la ocupación de la vivienda durante el transcurso del procedimiento judicial, sin que el demandado haya acreditado el pago de las rentas, por lo que la causa de no admisión se convierte en causa de desestimación. No obstante, igualmente entra a conocer del fondo del recurso concluyendo, en atención a la normativa arrendaticia aplicable, que las prórrogas legales se habían agotado en su plazo máximo, por lo que el contrato se iba renovando de acuerdo con los criterios de la tácita reconducción, renovándose mes a mes, habiéndose extinguido dicho contrato tras la comunicación fehaciente llevada a cabo en tiempo y forma.
Resumen: TOP SERVICIAL ALCALÁ, S.L. DESPIDO DISCIPLINARIO. REQUISITOS FORMALES DE COMUNICACIÓN AL TRABAJADOR. FALTA DE RELACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LA CONTRADICCIÓN.